Definición, tipos y modos de actuación ante la Violencia Laboral.
La violencia laboral se define por la Organización Mundial de la Salud como “aquellos incidentes en los que la persona es objeto de malos tratos, amenazas o ataques en circunstancias relacionadas con su trabajo, incluyendo el trayecto entre el domicilio y el trabajo, con la implicación de que se amenace explícita o implícitamente su seguridad, bienestar o salud”.
La violencia laboral es un concepto amplio. La tendencia ha sido la de asociar violencia laboral con agresión física, pero esto va más allá y debe incluir otras conductas (las conductas verbales o físicas amenazantes, intimidatorias, abusivas y acosadoras).
California División of Occupational Health and Safety (CAL/OSHA) clasifica la violencia laboral en tres grupos en función de las personas implicadas y la relación entre ellas.
TIPOS DE VIOLENCIAS
VIOLENCIA TIPO 1
Quienes llevan a cabo las acciones violentas no tienen ninguna relación legítima de trato con la víctima. Es decir, no existe un trato comercial o de usuario entre el perpetrador y la víctima. Los casos más habituales se refieren a acciones con ánimo de robo.
Ejemplo: establecimientos comerciales, bancos, lugares de almacenamiento de objetos valiosos, personas que trabajan con intercambio de dinero, taxistas, etc.
VIOLENCIA TIPO 2
Existe algún tipo de relación profesional entre el causante del acto violento y la víctima. El primero puede ser quien recibe un servicio ofrecido por el lugar afectado por el hecho violento o que ofrece la propia víctima. Normalmente se producen mientras se ofrece el servicio.
Ejemplo: Seguridad pública, conductores de autobús, profesores, vendedores, etc.
VIOLENCIA TIPO 3
Existe un nexo laboral e incluye las agresiones diversas entre compañeros de trabajo, o las perpetradas contra jefes, o por parte de jefes. Lo más habitual en el tipo III es que el objetivo de la acción violenta fijado por el agresor sea un compañero de trabajo o un superior suyo.
Es fundamental prevenir las situaciones de violencia laboral. Cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, poniendo en práctica los recursos y disposiciones que contempla. En este caso, la evaluación de riesgos, que es el punto de partida de toda acción preventiva, y dentro de esta área, la evaluación de los riesgos psicosociales.
La actuación de violencia en el trabajo precisa un cambio sustancial de perspectiva:
- En primer lugar, es necesario centrar la actuación en el ámbito de la empresa antes que en el ámbito jurídico.
- En un segundo lugar, actuar a través de un proceso preventivo proactivo e integral antes que a través de prácticas puntuales y reactivas.
- Y, en tercer lugar, considerar la violencia laboral como un proceso y en su conjunto, más que sólo como cuadros de daños parciales.
Recomencaciones para prevenir la violencia en el lugar de trabajo
Vía El Sol Digital